Al cancelar el préstamo con el pago de la última cuota o mediante el pago del saldo en forma anticipada, el cliente debe solicitar la escritura de cancelación de hipoteca, para levantar los títulos de la garantía.
Si realiza el trámite dentro del plazo de 120 días corridos a contar desde la cancelación del saldo, queda exonerado del arancel de control de escritura de 1.830UI, de lo contrario deberá abonarlo al inicio del trámite.